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El uso de la marca será obligatorio en Uruguay. |
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El 24 de Octubre del corriente año se ha promulgado en Uruguay la Ley N° 19.149, la cual entre otras medidas en su Art. 187, modifica el Art. 19 de la Ley de Marcas N° 17011, el que establecía que el uso de una marca era facultativo, por el de la obligatoriedad de uso, de acuerdo a la siguiente disposición: |
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Autor: Alfredo M Sena amsena@sbm.com.ar |
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Due Diligence Preventivo y Predictivo:
una nueva práctica para conocer,
evaluar y gestionar los riesgos legales
en "épocas de paz". Su impacto en
la Propiedad Intelectual. |
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Preventivos y predictivos para algunas cosas, correctivos para otras.
En la práctica empresarial, lo cotidiano en las operaciones -sobre todo en las de carácter industrial- es considerar como una buena práctica realizar el mantenimiento (1) sistemático de las maquinarias y equipos para evitar tiempos muertos ("down times"), roturas, accidentes, todas ellas circunstancias generadoras de pérdidas de producción y por lo tanto de dinero. |
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Autor: Adrián Lerer law@sbm.com.ar |
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Lanzamiento! |
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Nueva Web Sena & Berton Moreno. |
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Autor: Sena & Berton Moreno
law@sbm.com.ar |
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Rivadavia 611, 5º Piso C100AAE Capital Federal Buenos Aires, Argentina. Tel.: 4342-6809 / 5796 o 4331-7760 / 1192 / 7358 / 7316 / 0794 |
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